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¿Quiénes tienen derecho a una jubilación anticipada?

Tienen derecho a la prestación anticipada las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener 60 años de edad los varones o 55 años de edad las mujeres. Estas edades no se modifican por la acreditación de servicios de regímenes especiales que exijan edades menores.
  • Acreditar 30 años de servicios con aportes computables y efectivos en uno o más regímenes jubilatorios.
  • Acreditar estar desempleado al día 30 de junio de 2023.
    La situación de desempleo debe mantenerse al momento de solicitar la prestación anticipada.

El monto de la prestación anticipada es el 80% del haber calculado a la fecha de solicitud. Nunca puede ser inferior al mínimo previsional.

Cuando las personas beneficiarias de la prestación anticipada cumplan el requisito general de edad exigido la ley pasa a cobrar automáticamente el 100 % del haber que les corresponda.

La prestación anticipada tiene carácter extraordinario y se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2025.

No corresponde otorgar la prestación anticipada a las personas que tenga un beneficio ordinario, sea de jubilación o de retiro por invalidez.

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